Para evitar los inconvenientes y perjuicios que ha hecho ver la experiencia puede ocasionar la Bandera Nacional de que usa Mi Armada Naval y demás Embarcaciones Españolas, equivocándose a largas distancias ó con vientos calmosos con la de otras Naciones, he resuelto que en adelante usen mis Buques de guerra de Bandera dividida a lo largo en tres listas, de las cuales la alta y la baja sean encarnadas y del ancho cada una de la cuarta parte del total, y la de enmedio, amarilla, colocándose en ésta el Escudo de mis Reales Armas, reducido a los dos quarteles de Castilla y León, con la Corona Real encima; y el Gallardete en las mismas tres listas y el Escudo a lo largo, sobre Quadrado amarillo en la parte superior. Y que las demás Embarcaciones usen, sin Escudo, los mismo colores, debiendo ser la lista de enmedio amarilla y del ancho de la tercera parte de la bandera, y cada una de las partes dividida en dos partes iguales encarnada y amarilla alternativamente, todo con arreglo al adjunto diseño. No podrá usarse de otros Pavellones en los Mares del Norte por lo respectivo a Europa hasta el paralelo de Tenerife en el Oceáno, y en el Mediterráneo desde el primero de año de mil setecientos ochenta y seis; en la América Septentrional desde principio de julio siguiente; y en los demás Mares desde primero del año mil setecientos ochenta y siete. Tendréislo entendido para su cumplimiento.
Señalado de mano de S.M. En Aranjuez, a veinte y ocho de Mayo de mil setecientos ochenta y cinco .
En 1793 se ordenó que este pabellón, utilizado hasta entonces sólo en los buques de guerra, ondeara también en los puertos y fuertes de la Marina, y finalmente en 1843, por Real Decreto de 13 de octubre, sancionado por la Reina Isabel II se ordenó que todas las unidades militares españolas utilizaran la misma bandera, por lo que desapareció la variante para «las demás Embarcaciones» (bandera mercante o pabellón civil). Aunque su uso de generalizó durante lo que quedaba de siglo, no fue hasta 1908 que la bandera rojigualda fue declarada oficialmente bandera nacional y se estableció la obligatoriedad de que ondeara en todos los edificios públicos. Este diseño se conserva hasta nuestros días, aunque ha habido constantes variaciones del escudo.
El origen del Himno Nacional está en un toque militar llamado "Marcha Granadera", de autor desconocido, que aparece recogido en 1761 en el "Libro de Ordenanza de los toques militares de la Infantería Española". El Rey Carlos III la declaró Marcha de Honor el 3 de septiembre de 1770, aunque fue la costumbre y el arraigo popular las que erigieron esta composición en Himno Nacional, sin que existiera ninguna disposición escrita.
Los españoles consideraron la "Marcha Granadera" como su Himno Nacional y la llamaron "Marcha Real", porque se interpretaba en los actos públicos a los que asistían el Rey, la Reina o el Príncipe de Asturias.
En 1870 el General Prim convocó un concurso nacional para crear un Himno Nacional. El jurado declaró el concurso desierto por considerar que ninguna de las marchas presentadas superaba en calidad a la "Marcha Granadera", y aconsejó que se mantuviera como Himno.
La Real Orden Circular de 27 de agosto de 1908 dispone que las bandas militares ejecuten la denominada Marcha Real Española y la Llamada de Infantes, ordenadas por el Músico Mayor del Real Cuerpo de Guardias Alabarderos, Maestro don Bartolomé Pérez Casas.
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